1. CMR FALABELLA S.A., en adelante “CMR”, abrirá una cuenta de crédito flexible a fin de otorgar Préstamos Personales de CMR FALABELLA, en adelante “Préstamo Personal”, a nombre del firmante, en adelante “Deudor Titular”, para su uso exclusivo, y exclusivamente en la tienda Falabella S.A. o en la tienda Sodimac S.A., en adelante el “Comercio Adherido”. Cuando en el presente se utilice el término "Deudor" sin aditamentos, se estará refiriendo al Deudor Titular. El Deudor Titular, y el/los Codeudor/es estarán sujetos a los términos y condiciones que se establecen en el presente, acerca de los cuales manifiestan su expresa conformidad.
2. Mediante el Préstamo Personal, el Deudor podrá, bajo las condiciones contenidas en el presente, recibir dinero, o adquirir o financiar adquisiciones de bienes y/o servicios en el Comercio Adherido a CMR FALABELLA del país. No está habilitado el Préstamo Personal mediante la entrega de dinero en la tienda Sodimac S.A.
3. El presente contrato tendrá vigencia a partir de la fecha de su firma y hasta el día 31 de diciembre del año en que es firmado. Las partes acuerdan que, una vez vencido el plazo de vigencia del presente contrato el mismo se renovará automáticamente por un período de un año, y así sucesivamente, salvo notificación escrita en contrario cursada por un medio fehaciente por parte del Deudor Titular o por CMR, con una antelación no menor a los treinta (30) días de la fecha de vencimiento del contrato. En caso de renovación, quedarán subsistentes las condiciones de vigencia del contrato que se renueva.
4. El Préstamo Personal se considerará aceptado, aprobado y otorgado por CMR Falabella S.A. con la entrega de la suma de dinero mediante dinero en efectivo, o mediante mercaderías y/o servicios a orden del Deudor. En el momento del efectivo desembolso, la entrega de fondos quedará demostrada por recibo suscripto por el Deudor. Para el caso de efectivo, la correspondiente “Liquidación de Préstamo Personal” con el respectivo Ticket del Comercio Adherido que indica la entrega del dinero o de las mercaderías, servirá como recibo. En caso que se hubiera entregado un cheque sin el correspondiente recibo, servirá como tal, la acreditación de su cobro. Desde la firma de la Solicitud del Préstamo Personal, CMR tendrá un plazo de tres (3) días para aprobarla. Vencido dicho plazo sin respuesta de CMR se tendrá por no aceptada y resuelta la operación del préstamo sin penalidades para ninguna de las partes. Si CMR aprueba la Solicitud de Préstamo Personal, la misma deberá ser usada de inmediato ya que dicha aprobación solo es válida para la fecha en que fué otorgada y únicamente en el Comercio Adherido en que fue solicitada y aprobada. Si la aprobación de la Solicitud del Préstamo Personal no fué usada en la fecha que la misma fué otorgada, la misma se considerará vencida, y por lo tanto se la considerará no aceptada.
5. El Préstamo Personal se amortizará por el denominado sistema francés, cuya aplicación el Deudor declara conocer, consistente en cuotas iguales con porción de amortización creciente y de intereses decreciente. Las Cuotas pueden llegar a ser distintas en su valor por ajuste del capital, por variación de la tasa aplicable, o por razones de redondeo.
6. El Préstamo Personal debe ser usado en relación a consumos personales y no puede ser usado con fines comerciales o financieros, incluyendo sin limitar, compra de insumos, bienes de cambio o materia prima para su negocio.
La utilización del Préstamo Personal con fines distintos de aquellos para los cuales ha sido otorgado, no genera obligación a CMR y sus consecuencias serán asumidas exclusivamente por el Deudor.
7. Las compras o contrataciones de servicios que el Deudor realice en el Comercio Adherido a CMR, serán abonadas por CMR al comercio por cuenta y orden del Deudor.
8. El Préstamo Personal es personal e intransferible. Al utilizar el Préstamo Personal para el retiro de dinero o la adquisición de bienes o servicios en el Comercio Adherido, el Deudor deberá mostrar su Tarjeta de Crédito CMR Falabella como “credencial de identificación” para su acreditación, examen y confrontación de datos y exhibir su DNI o cualquier otro documento admitido por el Banco Central de la República Argentina para la acreditación de identidad en operaciones financieras. La Tarjeta de Crédito CMR Falabella presentada como “credencial de identificación” le será devuelta al Deudor luego de que éste coloque su firma en el respectivo comprobante de venta. La misma deberá coincidir con la firma que figura en la Liquidación de Préstamos Personales.
Adicionalmente, para operaciones determinadas, y a fin de brindar mayor seguridad a la operatoria de CMR Falabella, podrá ser requerida otro tipo de información y/o documentación al Deudor o implementarse mecanismos alternativos para acreditar la identidad del Deudor, como por ejemplo su identificación a través de su huella dactilar.
9. La firma del Deudor inserta en los tickets, o en los vouchers, o en las notas de venta, o en los comprobantes de venta, o en los cupones, o la aprobación del Deudor por cualquier otro medio permitido, o la mera tenencia por parte del Comercio Adherido a CMR Falabella de estos comprobantes, resultará suficiente y expresa autorización a CMR para que ésta reclame el pago del Préstamo Personal y hace presumir que fue dicho Deudor quien retiro el dinero, adquirió la mercadería o contrató el servicio.
10. El Deudor autoriza expresamente a CMR a conservar y reproducir mediante microfilmación, fotocopiado o procedimientos similares los cupones, comprobantes del Préstamo Personal y/o del retiro de dinero en efectivo, y cualquier otro elemento que sustente los créditos o débitos del Préstamo Personal.
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