29. Adjunto a cada Liquidación de Préstamo Personal, el Deudor libra un Pagaré sin protesto por el Límite de Compra pretendido a favor de CMR Falabella S.A., pagadero a la vista, el cual, en caso de ser aceptada la Solicitud de Préstamo Personal, quedará en poder de CMR en garantía del cumplimiento de las obligaciones asumidas por el Deudor en virtud del Préstamo Personal, y con vencimiento no anterior al plazo del préstamo. En ocasión de cancelarse el Préstamo Personal, CMR procederá a entregar el pagaré cancelado al Deudor, pudiendo hacerlo a cualquier otra persona obligada al pago que acredite haber abonado en todo o en parte la deuda y requiera la entrega del título. En el supuesto en que no se retire el pagaré dentro de los tres (3) meses de cancelada la operación, CMR queda autorizado para destruir el mismo.

30. CMR no asume ninguna responsabilidad por los productos que el Deudor adquiera o por los servicios que contrate en el Comercio Adherido a CMR. El Deudor no podrá cuestionar, suspender o demorar el pago de los cargos y saldos deudores que surjan de las Cuotas, aunque no reciba el objeto adquirido, lo reciba deteriorado, lo rechace, no le brinden el servicio contratado, o interpusiera reclamo o acción legal contra el comercio por causa de las mercaderías adquiridas o los servicios prestados. Los reclamos deberán efectuarse ante el comercio en el cual se haya efectuado la compra, realizado el retiro del dinero en efectivo, o solicitado el servicio y serán de exclusiva cuenta del Deudor.

31. El Deudor presta conformidad para que toda notificación que corresponda realizar en virtud de lo establecido en el presente contrato, sea efectuada a través de carta a su domicilio o a través de los Resúmenes de Cuenta de su Tarjeta de Crédito CMR Falabella o a través de E-mails. A los efectos del presente contrato se considerará que el Resumen de Cuenta de la Tarjeta de Crédito CMR Falabella constituye un medio fehaciente de notificación.

32. Todas las notificaciones se considerarán válidas si son dirigidas al domicilio constituido por el Deudor en el presente contrato, o el que en el futuro fije de conformidad con el procedimiento establecido en la presente cláusula. El Deudor tendrá la obligación de notificar por escrito, por medio fehaciente al domicilio de CMR consignado en el presente contrato, todo cambio de domicilio y/o teléfono, subsistiendo el/los domicilio/s denunciado/s ante toda notificación judicial y/o extrajudicial, derivada del desarrollo de la relación contractual surgida del presente contrato. El cambio de domicilio y/o teléfono producirá su efecto a partir de los quince (15) días de la fecha en que fuera notificado a CMR. El Deudor será responsable de los eventuales perjuicios causados a terceros y/o a CMR, debido al incumplimiento de la referida obligación.

33. CMR queda facultado para a) transferir total o parcialmente sus obligaciones bajo el contrato sin requerir la conformidad de ningún Deudor ni Codeudor, lo que se notificará mediante constancia a través de carta a su domicilio o a través de los Resúmenes de Cuenta de su Tarjeta de Crédito CMR Falabella; b) ceder o transmitir fiduciariamente los derechos creditorios emergentes de su relación con el Deudor Titular y de el/los Codeudor/es, total o parcialmente, en los términos de los artículos 70 a 72 de la Ley 24.441 y sin necesidad de notificación por acto público al Deudor.
Asimismo, el Deudor Titular y el/los Codeudor/es autorizan a CMR para designar a otras personas jurídicas o naturales para que administren los Préstamos Personales.

34. Los datos consignados en el presente contrato y en la respectiva solicitud, revisten el carácter de declaración jurada, asumiendo el Deudor la obligación de notificar toda modificación de los mismos dentro de las setenta y dos (72) horas de producida dicha modificación.
El Deudor autoriza que CMR verifique toda la información brindada, incluyendo la posibilidad de requerir a sociedades de información crediticia informes o reportes con respecto a su historial crediticio. La información solicitada en virtud del presente contrato debe ser suministrada por el Deudor como condición necesaria para el ejercicio de los derechos en él establecidos.
Adicionalmente, el Deudor consiente y autoriza a que CMR le envíe periódicamente información sobre promociones especiales, ofertas exclusivas de productos e información sobre el Comercio Adherido a CMR.
Asimismo, a través de las referidas comunicaciones CMR podrá recabar información sobre el Deudor.
Si el Deudor no desea recibir este tipo de información podrá comunicar tal circunstancia por escrito a CMR.
El Deudor presta su consentimiento para que los datos recabados por CMR a través del presente contrato o a través de otra documentación enviada en el marco del presente contrato, sean almacenados en una base de datos administrada por CMR con domicilio legal en Suipacha 1111, piso 18, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El Deudor podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación y/o supresión sobre sus datos conforme lo dispuesto por la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales.
El Deudor presta expreso consentimiento para que la información relativa a su cuenta y aquella recabada como consecuencia de la suscripción del presente contrato o a través de documentación adicional, pueda ser transferida por CMR a sociedades de información crediticia, a bancos, entidades financieras, y/o al Banco Central de la República Argentina.

35. El abajo firmante ................…………………………………………….. se constituye en Codeudor solidario, liso, llano y principal pagador del Deudor Titular por el total de las obligaciones que resulten de la utilización de los Préstamos Personales, sin restricciones ni limitaciones de ninguna índole, incluyendo gastos, intereses, honorarios y cuanto más corresponda, renunciando a los beneficios de excusión, división e interpelación previa. Dicha responsabilidad subsistirá durante todo el tiempo de vigencia del contrato y hasta tanto se cancelen las deudas por todos y cada uno de los conceptos derivados de dicha obligación.



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